jueves, 20 de junio de 2013

EL ARTÍCULO 21

Hasta ahora nadie ha acudido al Art. 21 de la CPE, que garantiza la libertad de pensamiento y de expresión, para tratar de frenar esa "arremetida", como les gusta decir a los trotskistas, sobre la conculcación de ese mandato constitucional y sobre el que no pueden estar en contra ni disposiciones partidistas, ni resoluciones politiqueras porque no por nada es la Ley Fundamental del Estado. Quienes afirman que fulano o zutano no puede decir esto o lo otro, incurren pues en flagrante violación de principios constitucionales y, ya no es curioso, que el propio Defensor del Pueblo tenga la boca cerrada.
Lo llamativo es que esta tendencia a no pensar, al "centralismo democrático" y, en general, al estalinismo gubernamental venga del propio presidente de la Asamblea Nacional que debiera ser el defensor más acérrimo de las libertades y derechos ciudadanos. Si es prudente que no haya distorsiones en las estrategias del Estado, como la política exterior, donde embajadores y otros funcionarios no pueden expresar libre y públicamente sus propias interpretaciones; eso no quiere decir que no se pueda opinar sobre determinados temas porque la democracia, fundamentalmente, es libertad de pensamiento y de expresión.
El sectarismo partidista, la obsecuencia y el servilismo están violando la Constitución Política del Estado en su principal derecho: el de pensar y esto no puede ser ni pasar sin las correspondientes sanciones; aunque en nuestro medio donde nada funciona, es difícil esperar que alguien procese a alguien, especialmente, si está eventualmente en el poder: pero por lo menos, hay que advertirlo para el porvenir.

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